Políticas administrativas

Nota: Los puntos 3 al 8 solo aplican para los documentos depositados en físico.

  1. Todos los datos suministrados por el usuario deben ser verídicos y serán tomados como tal.
  2. No se recibirán documentos incompletos e ilegibles
  3. Todos los documentos entregados dentro de un expediente deben estar ordenados de la siguiente manera:
    • Formulario
    • Fotocopia de documentos de identidad
    • Original y copias de documentos; los mismos deben estar agrupados por el tipo que se trate
    • Un ejemplar de todos los documentos para nuestros archivos.
  4. El formulario deberá estar completado a máquina/computadora firmada por la persona autorizada o por la vía web.
  5. No nos hacemos responsables de los documentos no retirados a los 30 días calendarios siguientes de la fecha de entrega, los mismos serán eliminados de nuestros archivos.
  6. En caso de no depositar en los 90 días calendarios siguientes el expediente que le fue devuelto, deberá solicitar el servicio como si fuera por primera vez y pagarlo como tal.
  7. Serán devueltos los cheques:
    • Por montos mayores al importe del servicio solicitado
    • Que no estén a nombre de la Cámara de Comercio y Producción de la Provincia Santo Domingo
    • Que estén endosados al Tesorero Nacional
    • Que no cumplan con los requerimientos de la Ley de Cheques vigente
  8. No se recibirán documentos si el domicilio de la sociedad no es en la Provincia Santo Domingo.
  9. No se sustituyen documentos, en los casos que el cliente haya cometido errores en los mismos, deberán enmendar su error mediante asamblea extraordinaria.

Políticas de reembolsos

  1. No serán reembolsadas las siguientes solicitudes:
    1. Si han pasado treinta (30) días de haber retirado su documentación.
    2. Solicitudes relacionadas con sociedades en participación.
    3. Cuando el cliente marca en el formulario con una X un servicio distinto al deseado o un capital diferente al de sus documentos.
    4. Solicitudes de servicios devueltos y el cliente decide no continuar el proceso (Ver excepción punto 2.1)
    5. Cuando se someta a la Cámara una solicitud de servicio por un capital determinado y por alguna razón se devuelva el expediente al cliente para ser corregido, solo se podrá depositar el expediente para completar el proceso por el mismo capital depositado la primera vez.
    6. Cuando el cliente solicita Copias Certificadas de documentos que no figuran registrados en la Cámara procedemos a certificar que el documento no figura registrado.
    7. Cuando el cliente solicita una Certificación de una empresa que no figura registrada en la Cámara procedemos a certificar que la empresa no figura registrada.
    8. Cuando se depositen menos documentos de los que entregó el cliente la primera vez
  2. Serán Reembolsados los siguientes casos:
    1. En caso de una solicitud de matriculación devuelta a problemas por cualquier causa, si el cliente decide no seguir el proceso, se le reembolsará el cincuenta por ciento (50%) de la suma pagada.
    2. Cuando en el formulario indican que el domicilio de la empresa es en la Provincia Santo Domingo y sus documentos tienen como domicilio otra provincia, se le reembolsará el cincuenta por ciento (50%) de la suma pagada.
    3. Cuando en el formulario de la compañía especifica que no es de la Provincia Santo Domingo y este fue recibido por el representante.
  3. Casos excepcionales de solicitud de reembolso distintos a los citados serán conocidos uno por uno por la Gerencia del Registro Mercantil para su ponderación y decisión. Para solicitar tu reembolso deberás presentar:
    1. a) El original del recibo o factura de pago
    2. b) La carta de solicitud que deberá estar timbrada, sellada y firmada por el presidente de la sociedad u otra persona autorizada. La misma deberá contener a nombre de la cuenta, tipo de cuenta y banco al cual se hará la transferencia, acompañada de copia de cédula de identidad personal del solicitante.
    3. c) Las sociedades que se están matriculando y que por tanto no tienen sello gomígrafos u otros, deben estar firmadas por el presidente electo o por una persona autorizada mediante poder de representación, el cual deben adjuntar a la solicitud